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Formalizar la herencia

Lo primero que hay que hacer para poder vender un piso heredado en Madrid es formalizar la herencia, es decir, que todos los herederos se presenten ante el Notario con la documentación necesaria y una vez entregados todos los documentos, se firmarán las escrituras de adjudicación y aceptación de la herencia.

  • Testamento en el caso de tener.
  • DNI del fallecido.
  • Certificado de defunción: suele ser facilitado a la familia por la propia funeraria o se puede solicitar en cualquier oficina del Registro Civil de la Comunidad de Madrid.
  • Certificado de últimas voluntades
  • Certificado de seguros
  • Escrituras de las propiedades que posea el fallecido.
  • Valoración de las propiedades en el momento de la aceptación de la herencia. Al obtener el valor real de mercado, menos plusvalía se pagará en el momento de la venta.
Pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Este impuesto es el que grava las herencias, la gestión de cada Comunidad Autónoma y el porcentaje a pagar varia de unas comunidades a otras. 
Es un impuesto al que deben hacer frente los herederos y se paga en la Comunidad Autónoma en la que residía el fallecido en el plazo máximo de 6 meses desde el fallecimiento.

Inscripción en el Registro de la Propiedad

Para poder vender la propiedad, primero es necesario inscribir el inmueble a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad y para ello hay que entregar la siguiente documentación en el registro que corresponde:

  • Escrituras de adjudicación y aceptación de la herencia
  • Justificante de pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Plusvalía municipal

Por último, hay que realizar el pago de la plusvalía municipal, este impuesto es recaudado por cada Ayuntamiento.

Se paga sobre el incremento del valor catastral del suelo y se calcula en base al aumento del precio desde la fecha que fue adquirido hasta la fecha de la transmisión por la herencia.

¿Cuál es el tiempo recomendable para vender una casa heredada?

Legalmente no se estipulan plazos para vender una casa heredada. Sin embargo, si hay ciertos consejos que queremos dejaros.

Si desde que se recibe la herencia la intención es vender la casa, el tiempo que tardemos en vender puede ser determinante de cara a la rentabilidad que podemos sacar con la venta y el coste de los impuestos.

Legalmente, el tiempo para vender lo define el heredero

Es importante que el Impuesto de Sucesiones y Donaciones se liquide dentro de los 6 meses posteriores al fallecimiento, ya que podría haber recargos.

Además, el Impuesto de la Plusvalía Municipal habrá que pagarlo dos veces en el caso de que una casa heredada se venda al año de registrar la vivienda a nombre del heredero.

Si quieres gastar lo menos posible en impuestos, tienes fecha tope

Por lo tanto, lo más recomendable es vender la propiedad antes de que pase un año, si vendemos el piso dentro del mismo año nos ahorramos pagarlo nuevamente. A efectos fiscales, para el cálculo solo se toman años completos. Realizar la venta con una inmobiliaria te pude evitar quebraderos de cabeza.

Mientras más rápido podamos vender, mejor para nuestras finanzas

Además de los gastos fiscales que representa demorarnos en el pago de los impuestos y en la venta de la casa, tenemos que considerar los gastos fijos de mantenimiento del piso: suministros de agua, gas, luz y los pagos a la comunidad.

Estos irán creciendo a medida que pase el tiempo. Por esto, lo recomendable es que, si desde un principio se tiene previsto vender, mejor iniciar los trámites a la brevedad posible y poner el piso a la venta una vez seamos legalmente los propietarios del piso.

Si necesitas asesoramiento integral o una valoración de bienes para el reparto de una herencia, no dudes y contacta con nosotros, te asesoran de manera gratuita sin ningún compromiso.

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